Test de la Ley 39/2015 con respuestas y esquema para estudiar

Test de la Ley 39/2015 con respuestas y esquema para estudiar

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MindLumos Team··22 min

Aquí tienes un test de la Ley 39/2015 gratis: 30 preguntas con respuestas explicadas, el esquema de la ley en un mapa mental, la tabla completa de plazos (alzada, reposición, silencio, días hábiles) y 15 flashcards para oposiciones.

Cómo entra la Ley 39/2015 en las oposiciones

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, está en el temario común de auxiliar administrativo, administrativo, gestión, TCAE, celador y otros cuerpos. En el test se pregunta sobre todo por plazos, silencio, nulidad y recursos.

Se publicó en el BOE el 2 de octubre de 2015 y entró en vigor al año, el 2 de octubre de 2016. Tiene 133 artículos, en un Título preliminar y 6 títulos, y deroga, entre otras, la Ley 30/1992 y la Ley 11/2007.

TítuloContenidoArtículos
PreliminarDisposiciones generales1–2
IDe los interesados en el procedimiento3–12
IIDe la actividad de las Administraciones Públicas (términos y plazos: 29–33)13–33
IIIDe los actos administrativos (nulidad y anulabilidad: 47–52)34–52
IVDisposiciones sobre el procedimiento administrativo común53–105
VDe la revisión de los actos en vía administrativa (recursos: 112–126)106–126
VIIniciativa legislativa y potestad para dictar reglamentos127–133

Abstención y recusación no están en esta ley sino en la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público. El número de preguntas y si los errores restan los fija cada convocatoria: consúltalo en las bases del BOE o del boletín de tu comunidad, y verifica los plazos contra el texto consolidado vigente.

Test de la Ley 39/2015: 30 preguntas con respuestas

El test cubre la ley de principio a fin: ámbito, interesados, obligación de resolver, silencio, cómputo de plazos, notificación, nulidad, procedimiento, revisión de oficio y recursos. Cada respuesta lleva su explicación con el artículo.

Test de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común

Este test se ha generado con MindLumos a partir de una guía de estudio y lo ha revisado nuestro equipo. Crea uno con tus apuntes →

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  1. 1.¿Cuándo se publicó la Ley 39/2015 en el BOE y cuándo entró en vigor?

    Respuesta y explicación

    C. Publicada el 2 de octubre de 2015, en vigor el 2 de octubre de 2016. — La Ley 39/2015, de 1 de octubre, fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 2 de octubre de 2015 y entró en vigor un año después, el 2 de octubre de 2016.

  2. 2.¿A qué entidades se aplica el ámbito de la Ley 39/2015?

    Respuesta y explicación

    C. A la Administración General del Estado, las Administraciones de las CCAA, las Entidades de la Administración Local y el sector público institucional. — El ámbito de aplicación de la Ley 39/2015 abarca la Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, las Entidades de la Administración Local y el sector público institucional (que incluye organismos públicos y entidades de derecho público).

  3. 3.¿Son consideradas Administraciones Públicas las entidades de derecho privado vinculadas al sector público institucional según la Ley 39/2015?

    Respuesta y explicación

    B. No, las entidades de derecho privado del sector público no son Administración Pública. — Según el art. 2.3 de la Ley 39/2015, son Administraciones Públicas la Administración General del Estado, las de las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos públicos y entidades de derecho público. Las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes quedan sujetas a la ley cuando ejercen potestades administrativas, pero no son Administración Pública.

  4. 4.¿Quiénes se consideran interesados en un procedimiento administrativo según la Ley 39/2015?

    Respuesta y explicación

    A. Quienes promuevan el procedimiento, quienes tengan derechos afectados sin haberlo iniciado, y quienes tengan intereses legítimos afectados y se personen antes de la resolución. — La Ley 39/2015 define como interesados a quienes promueven el procedimiento como titulares de derechos o intereses legítimos; a quienes, sin haberlo iniciado, tengan derechos que puedan resultar afectados; y a quienes tengan intereses legítimos afectados y se personen en el procedimiento antes de que este se resuelva.

  5. 5.¿En qué circunstancia la comparecencia del interesado ante la Administración es obligatoria según la Ley 39/2015?

    Respuesta y explicación

    A. Únicamente si una norma con rango de ley prevé expresamente dicha comparecencia. — De acuerdo con el artículo 19 de la Ley 39/2015, la comparecencia del interesado ante la Administración solo es obligatoria si está prevista por una norma con rango de ley.

  6. 6.Según el artículo 21.1 de la Ley 39/2015, ¿en qué supuestos no existe la obligación de dictar resolución expresa?

    Respuesta y explicación

    C. En la terminación del procedimiento por pacto o convenio y en los procedimientos relativos a derechos sujetos únicamente a declaración responsable o comunicación. — La Administración debe dictar resolución expresa y notificarla en todos los procedimientos. En los casos de prescripción, renuncia, caducidad, desistimiento, pérdida sobrevenida del objeto o imposibilidad material de continuar también hay resolución: consiste en declarar esa circunstancia. Solo se exceptúan la terminación por pacto o convenio y los procedimientos sujetos únicamente a declaración responsable o comunicación (art. 21.1).

  7. 7.¿Cuál es el plazo máximo general para resolver y notificar un procedimiento administrativo si la norma reguladora no establece uno diferente?

    Respuesta y explicación

    A. 3 meses. — Si la norma reguladora no fija el plazo máximo, este es de 3 meses (art. 21.3). Los 6 meses son el límite que no puede superar la norma reguladora de cada procedimiento, salvo que una norma con rango de ley o el Derecho de la Unión Europea prevea uno mayor (art. 21.2).

  8. 8.En un procedimiento iniciado a solicitud del interesado, ¿desde cuándo se computa el plazo máximo para resolver?

    Respuesta y explicación

    D. Desde la entrada de la solicitud en el registro electrónico del órgano competente para tramitar. — Según el art. 21.3.b), en los procedimientos iniciados a solicitud del interesado el plazo se cuenta desde la fecha en que la solicitud ha tenido entrada en el registro electrónico de la Administración u organismo competente para su tramitación. En los iniciados de oficio, desde la fecha del acuerdo de iniciación.

  9. 9.Según la Ley 39/2015, ¿en qué materias el silencio administrativo tiene carácter desestimatorio (negativo)?

    Respuesta y explicación

    A. En el derecho de petición, la transferencia de facultades relativas al dominio público o al servicio público, las actividades que puedan dañar el medio ambiente, la responsabilidad patrimonial, la impugnación de actos y disposiciones y la revisión de oficio a solicitud. — El silencio administrativo tiene carácter desestimatorio en materias como el derecho de petición, la transferencia de facultades sobre el dominio público o el servicio público, actividades que puedan dañar el medio ambiente, responsabilidad patrimonial de las Administraciones, impugnación de actos y disposiciones, y revisión de oficio a solicitud.

  10. 10.¿Qué ocurre en el supuesto de 'doble silencio' en un procedimiento iniciado a solicitud?

    Respuesta y explicación

    A. Si se recurre en alzada una desestimación presunta y el recurso tampoco se resuelve en plazo, se entiende estimado, excepto en las materias con silencio negativo. — El 'doble silencio' se produce cuando un interesado recurre en alzada una desestimación presunta (silencio negativo) y la Administración tampoco resuelve este recurso en el plazo establecido. En este caso, el recurso se entiende estimado, a menos que la materia en cuestión esté sujeta a silencio desestimatorio por ley.

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Esquema de la Ley 39/2015 para estudiar

Este es el esquema de la Ley 39/2015 en forma de mapa mental: siete ramas, de los datos generales y el ámbito a los recursos y la potestad reglamentaria. Es gratis y no hay que descargar ningún PDF: ábrelo aquí y despliega una rama cada vez.

Esquema de la Ley 39/2015

Esquema generado por MindLumos a partir de la misma guía de estudio y revisado por nuestra redacción.

Leer el mapa como texto
Ley 39/2015: Procedimiento Administrativo Común
  • Datos generales y estructura
    • Publicada el 2 de octubre de 2015; entró en vigor el 2 de octubre de 2016.
    • Deroga la Ley 30/1992 y la Ley 11/2007.
    • Se complementa con la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.
    • 133 artículos: Título preliminar + 6 Títulos.
      • Título Preliminar: Disposiciones generales (Arts. 1-2)
      • Título I: De los interesados (Arts. 3-12)
      • Título II: De la actividad de las Administraciones Públicas (Arts. 13-33)
      • Título III: De los actos administrativos (Arts. 34-52)
      • Título IV: Procedimiento administrativo común (Arts. 53-105)
      • Título V: Revisión de actos en vía administrativa (Arts. 106-126)
      • Título VI: Iniciativa legislativa y potestad reglamentaria (Arts. 127-133)
  • Objeto y ámbito de aplicación
    • Objeto: Requisitos de validez y eficacia de actos, procedimiento administrativo común, iniciativa legislativa y potestad reglamentaria.
    • Ámbito: AGE, CCAA, Entidades Locales y sector público institucional.
    • Las entidades de derecho privado del sector público no son Administración Pública.
    • Corporaciones de Derecho Público: se rigen por su normativa específica y, supletoriamente, por esta ley.
  • Los interesados en el procedimiento
    • Capacidad de obrar: Personas físicas y jurídicas, menores para ciertos derechos, grupos de afectados y entidades sin personalidad.
    • Interesados: Quienes promuevan, tengan derechos afectados o intereses legítimos y se personen.
  • Actos administrativos
    • Requisitos: Órgano competente, contenido determinado y adecuado a fines.
    • Motivación: Referencia de hechos y fundamentos de derecho en actos limitantes, recursos, etc.
    • Forma: por escrito a través de medios electrónicos, salvo que su naturaleza exija otra forma.
    • Eficacia: se presumen válidos y producen efectos desde que se dictan; retroactividad excepcional si sustituyen actos anulados o son favorables.
    • Nulidad y anulabilidad
      • Nulidad de pleno derecho (art. 47.1): lesión de derechos susceptibles de amparo, incompetencia manifiesta por materia o territorio, contenido imposible, infracción penal, prescindir total y absolutamente del procedimiento, adquirir derechos sin requisitos esenciales, otros por ley.
      • Disposiciones nulas: Vulneran Constitución, leyes, regulan materias reservadas a ley o establecen retroactividad sancionadora desfavorable.
      • Anulabilidad: cualquier otra infracción del ordenamiento, incluida la desviación de poder.
      • Solo se convalidan los actos anulables.
  • El procedimiento administrativo
    • Iniciación
      • De oficio: Propia iniciativa, orden superior, petición razonada, denuncia.
      • Medidas provisionales: Adoptadas motivadamente, con proporcionalidad y efectividad.
      • Acumulación: Procedimientos con identidad sustancial o íntima conexión.
      • Solicitud: Identificación, medio notificación, hechos, petición, lugar, fecha, firma y órgano destinatario.
      • Subsanación: 10 días (ampliable 5), advertencia de desistimiento.
      • Declaración responsable y comunicación: Habilitan derecho o actividad desde su presentación.
    • Ordenación
      • Expediente: Conjunto ordenado de documentos y actuaciones; electrónico.
      • Impulso: De oficio; orden riguroso de incoación.
      • Trámites del interesado: 10 días; decaimiento en el trámite si no se cumple.
      • Cuestiones incidentales: No suspenden el procedimiento, salvo recusación.
    • Instrucción
      • Audiencia: 10 a 15 días, antes de la propuesta de resolución; se puede prescindir si solo constan hechos y alegaciones del interesado.
      • Información pública: mínimo 20 días; no da la condición de interesado, pero sí derecho a respuesta razonada.
    • Finalización
      • Formas: Resolución, desistimiento, renuncia, caducidad, imposibilidad material.
      • Procedimiento sancionador: Reconocimiento de responsabilidad y pago voluntario permiten terminar.
      • Resolución: Decide todas las cuestiones; congruente y no agravante si es a solicitud.
      • Desistimiento y renuncia: Afectan a quien los formula; terceros pueden instar continuación.
      • Caducidad: En procedimientos a solicitud paralizados por el interesado; se advierte de 3 meses.
      • Actuaciones complementarias (art. 87): máximo 15 días; alegaciones en 7 días.
    • Tramitación simplificada
      • Motivo: Interés público o falta de complejidad.
      • Oposición del interesado: Si se opone, se sigue la ordinaria (salvo sancionador leve).
      • Plazo para resolver: 30 días desde notificación del acuerdo.
    • Ejecución
      • Ejecutividad: Actos inmediatamente ejecutivos, salvo excepciones.
      • Ejecución forzosa: Previo apercibimiento.
      • Medios: Apremio patrimonial, ejecución subsidiaria, multa coercitiva, compulsión.
      • Entrada en domicilio: Exige consentimiento o autorización judicial.
    • Registros y documentos
      • Registro Electrónico General: Cada Administración tiene uno.
      • Lugares de presentación: Registros electrónicos, Correos, representaciones diplomáticas, oficinas de asistencia.
      • Aportación de documentos: No se exigen originales ni documentos ya aportados, salvo oposición.
      • Comparecencia obligatoria: Solo si la prevé una norma con rango de ley.
    • Obligación de resolver y plazos máximos
      • Obligación de resolución expresa y notificación en todos los procedimientos.
      • Límite del plazo que fije la norma reguladora: 6 meses, salvo norma con rango de ley o Derecho UE.
      • Plazo supletorio (si norma no fija): 3 meses.
      • Cómputo de oficio: Desde el acuerdo de iniciación.
      • Cómputo a solicitud: Desde la entrada en el registro electrónico del órgano competente.
      • Información al interesado: En 10 días sobre plazo y efectos del silencio.
      • Suspensión potestativa: Por requerimiento de subsanación, pronunciamiento UE, informe preceptivo, pruebas, etc.
    • Silencio administrativo
      • Procedimientos a solicitud: Regla general, silencio estimatorio (positivo).
      • Silencio desestimatorio (negativo): Derecho de petición, dominio público, medio ambiente, responsabilidad patrimonial, recursos, revisión de oficio.
      • Doble silencio: Si se recurre en alzada la desestimación presunta y el recurso tampoco se resuelve, se estima.
      • Certificado de silencio: Se expide de oficio en 15 días desde el vencimiento del plazo.
      • Procedimientos de oficio: si son favorables, desestimación; si son sancionadores o de gravamen, caducidad y archivo.
    • Términos y plazos
      • Obligación: Los plazos obligan a autoridades, personal y interesados.
      • Cómputo de días: Hábiles (excluyen sábados, domingos y festivos).
      • Cómputo de meses o años: De fecha a fecha; si el último día es inhábil, se prorroga al siguiente hábil.
      • Registro electrónico: Abierto 24h; presentación en día inhábil se entiende hecha en la primera hora del día hábil siguiente.
      • Ampliación de plazo: Hasta la mitad, pedida y acordada antes del vencimiento.
      • Urgencia: Plazos reducidos a la mitad (salvo solicitudes y recursos).
      • Plazo para cursar notificación: 10 días desde que se dicta el acto.
  • Revisión de actos y recursos administrativos
    • Revisión de oficio
      • Revisión de actos nulos: En cualquier momento; dictamen favorable; caducidad 6 meses si es de oficio.
      • Revisión de disposiciones nulas: Solo de oficio; dictamen favorable.
      • Declaración de lesividad: Actos favorables anulables; declaración en 4 años; caducidad 6 meses.
      • Revocación: Actos de gravamen o desfavorables; mientras no prescriba.
      • Rectificación de errores: Materiales, de hecho o aritméticos; en cualquier momento.
    • Recursos administrativos
      • Objeto: Resoluciones y actos de trámite cualificados.
      • Contra disposiciones generales no cabe recurso administrativo.
      • Fin de la vía administrativa: Resoluciones de alzada, actos sin superior jerárquico, resoluciones de responsabilidad patrimonial.
      • El error en la calificación del recurso no impide tramitarlo.
      • Suspensión: El recurso no suspende la ejecución, salvo perjuicios irreparables o causa de nulidad.
    • Recurso de alzada
      • Objeto: Actos que no agotan la vía administrativa.
      • Interposición: ante el órgano que dictó el acto o ante el superior jerárquico, que lo resuelve; 1 mes si el acto es expreso.
      • Resolución: Plazo de 3 meses.
      • Silencio: Desestimatorio (salvo doble silencio).
    • Recurso de reposición
      • Objeto: Actos que agotan la vía administrativa.
      • Interposición: potestativo; ante el mismo órgano que dictó el acto; 1 mes si el acto es expreso.
      • Resolución: Plazo de 1 mes.
      • Silencio: Desestimatorio.
    • Recurso extraordinario de revisión
      • Causas: error de hecho del expediente; documentos esenciales que evidencien el error; documentos o testimonios declarados falsos por sentencia firme; conducta punible declarada por sentencia firme.
      • Interposición: 4 años desde la notificación (error de hecho); 3 meses desde el conocimiento de los documentos o la firmeza de la sentencia (resto).
      • Resolución: Plazo de 3 meses.
      • Silencio: Desestimatorio.
  • Iniciativa legislativa y potestad reglamentaria
    • Potestad reglamentaria: Corresponde al Gobierno, gobiernos autonómicos y órganos de gobierno locales.
    • Limitaciones: Los reglamentos no pueden tipificar delitos, establecer penas, sanciones ni tributos.
    • Principios de buena regulación: Necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.
    • Entrada en vigor: Las normas deben publicarse en el diario oficial.
    • Plan Anual Normativo (art. 132); consulta pública previa, audiencia e información pública (art. 133).

Para estudiar con él, intenta reconstruir cada rama de memoria antes de abrirla. Las ramas que no te salen son las que tienes que repasar antes del siguiente test.

Plazos de la Ley 39/2015: tabla completa

Los plazos son lo que más se pregunta de esta ley. Antes de memorizarlos, fija cómo se cuentan: la regla por defecto es que los días son hábiles.

Cómputo (art. 30)Regla
HorasHábiles, de hora en hora y de minuto en minuto; máximo 24 horas
DíasHábiles: se excluyen sábados, domingos y festivos. Si son naturales, debe constar en la notificación
Inicio en díasEl día siguiente a la notificación, publicación o silencio
Meses o añosDesde el día siguiente; terminan el mismo día del mes o año de vencimiento; si no existe, el último día del mes
Último día inhábilSe prorroga al primer día hábil siguiente
Hábil para el interesado e inhábil en la sede del órgano, o al revésInhábil en todo caso
Registro electrónico (art. 31)Abierto 24 horas; lo presentado en día inhábil cuenta desde la primera hora del primer día hábil siguiente

Trampa clásica: la notificación electrónica se entiende rechazada a los 10 días naturales sin acceder (art. 43.2), no hábiles. La ampliación (art. 32) alarga los plazos hasta la mitad y la urgencia (art. 33) los reduce a la mitad, salvo los de solicitudes y recursos; ninguna de las dos es recurrible.

PlazoDuraciónArt.
Subsanar la representación10 días5.6
Poderes inscritos en el registro de apoderamientosMáximo 5 años6
Resolver si la norma no fija plazo3 meses21.3
Límite que puede fijar la norma reguladora6 meses (salvo ley o Derecho de la UE)21.2
Informar al interesado del plazo y del silencio10 días21.4
Suspensión por informe preceptivoMáximo 3 meses22.1.d
Certificado de silencio15 días24.4
Ampliación de plazosHasta la mitad32
Tramitación de urgenciaMitad (salvo solicitudes y recursos)33
Cursar la notificación10 días desde que se dicta el acto40.2
Segundo intento de notificación en papel3 días, a hora distinta42.2
Notificación electrónica rechazada10 días naturales43.2
Confirmar medidas provisionales previas15 días56.2
Reclamar responsabilidad patrimonial1 año67.1
Subsanar la solicitud10 días, ampliable 568
Trámites del interesado10 días73
Período de prueba10 a 30 días; extraordinario, hasta 1077.2
Emitir informes10 días80.2
Audiencia10 a 15 días82.2
Información públicaMínimo 20 días83.2
Actuaciones complementariasMáximo 15 días; alegaciones en 787
Caducidad por paralización imputable al interesado3 meses95.1
Tramitación simplificadaResolver en 30 días96.6
Declaración de lesividad4 años107.2
Suspensión presunta pedida en un recurso1 mes117.3

Recurso de alzada y recurso de reposición: plazos y diferencias

Los dos recursos ordinarios se interponen en 1 mes si el acto es expreso, y por eso se confunden. La diferencia está en contra qué actos van, quién los resuelve y en cuánto tiempo.

AspectoAlzada (arts. 121–122)Reposición (arts. 123–124)Extraordinario de revisión (arts. 125–126)
Contra qué actosLos que no ponen fin a la vía administrativaLos que ponen fin a la vía administrativaLos firmes en vía administrativa
CarácterNecesario para agotar la víaPotestativo: cabe ir directo al contenciosoExtraordinario, por causas tasadas
Quién resuelveEl superior jerárquicoEl mismo órgano que dictó el actoEl mismo órgano
Plazo para interponer (acto expreso)1 mes1 mes4 años (error de hecho) o 3 meses (resto)
Acto presuntoEn cualquier momento desde el silencioEn cualquier momento desde el acto presunto—
Plazo para resolver y notificar3 meses1 mes3 meses
SilencioDesestimatorio (salvo doble silencio)DesestimatorioDesestimatorio
  • La alzada puede presentarse ante el órgano que dictó el acto, que debe remitirla al competente en 10 días.
  • Mientras no se resuelva la reposición, o se desestime por silencio, no cabe recurso contencioso-administrativo. Contra la resolución de una reposición no cabe otra reposición.
  • Contra disposiciones generales no cabe recurso administrativo, y el error al calificar el recurso no impide tramitarlo.
  • El recurso no suspende la ejecución del acto, salvo perjuicios de imposible o difícil reparación o causa de nulidad.

Silencio administrativo en la Ley 39/2015

En los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, la regla general es el silencio estimatorio (positivo), salvo que una norma con rango de ley o el Derecho de la UE diga lo contrario. El silencio es desestimatorio (negativo) en estas materias:

  1. Derecho de petición (art. 29 de la Constitución).
  2. Transferencia de facultades sobre el dominio público o el servicio público.
  3. Actividades que puedan dañar el medio ambiente.
  4. Responsabilidad patrimonial de las Administraciones.
  5. Impugnación de actos y disposiciones y revisión de oficio a solicitud.

Doble silencio: si se recurre en alzada una desestimación presunta y el recurso tampoco se resuelve en plazo, se entiende estimado, salvo en las materias de la lista. El silencio estimatorio es un acto administrativo finalizador; el desestimatorio solo permite recurrir.

Procedimiento de oficio (art. 25)Efecto del vencimiento del plazo
Que puede reconocer derechos o situaciones favorablesDesestimación de las pretensiones de los interesados comparecidos
Sancionador o de intervención con efectos desfavorables o de gravamenCaducidad y archivo (no hay silencio)

Nulidad y anulabilidad en la Ley 39/2015

La nulidad de pleno derecho tiene siete causas tasadas en el art. 47.1. Todo lo demás que infrinja el ordenamiento es anulabilidad (art. 48), incluida la desviación de poder.

AspectoNulidad de pleno derecho (art. 47)Anulabilidad (art. 48)
CausasSiete tasadas: derechos susceptibles de amparo, órgano manifiestamente incompetente por materia o territorio, contenido imposible, infracción penal, prescindir total y absolutamente del procedimiento, adquirir derechos sin requisitos esenciales, y las que fije una leyCualquier otra infracción del ordenamiento, incluida la desviación de poder
Defecto de forma—Solo anula si el acto carece de los requisitos indispensables o causa indefensión
Convalidación (art. 52)No cabeSí: la Administración subsana los vicios
Revisión por la AdministraciónRevisión de oficio en cualquier momento, con dictamen favorable del Consejo de Estado u órgano autonómico (art. 106)Si el acto es favorable: declaración de lesividad en 4 años e impugnación ante el contencioso (art. 107)

Flashcards de la Ley 39/2015

Estas tarjetas salen de la misma guía y repasan lo que el test toca de pasada: el cómputo por meses, la notificación electrónica, las siete causas de nulidad o la diferencia entre desistir y renunciar. Responde antes de ver la respuesta.

¿Con qué otra ley se complementa la Ley 39/2015 y qué regula esta última?

Ver la respuesta

La Ley 39/2015 se complementa con la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, que regula la organización interna (órganos, competencia, abstención y recusación, órganos colegiados).

¿Cuál es la regla general del silencio administrativo en procedimientos iniciados a solicitud?

Ver la respuesta

La regla general es el silencio estimatorio (positivo), salvo que una norma con rango de ley o de Derecho de la UE establezca lo contrario.

¿Cuál es el efecto del vencimiento del plazo en procedimientos de oficio de gravamen según la Ley 39/2015?

Ver la respuesta

En procedimientos de oficio de gravamen o con efectos desfavorables, el vencimiento del plazo produce la caducidad y archivo, no silencio.

¿Cómo se computan los plazos expresados en meses o años según la Ley 39/2015?

Ver la respuesta

Se computan a partir del día siguiente a la notificación, publicación o silencio y concluyen el mismo día en que esta se produjo, en el mes o año de vencimiento. Si en ese mes no hay día equivalente, vencen el último día del mes. Si el último día es inhábil, se prorrogan al primer día hábil siguiente.

¿Cuándo se entiende realizada una presentación en el registro electrónico si se hace en día inhábil?

Ver la respuesta

Si la presentación se realiza en día inhábil en el registro electrónico, se entiende hecha en la primera hora del primer día hábil siguiente.

¿Es posible la ampliación de plazos en un procedimiento administrativo según la Ley 39/2015?

Ver la respuesta

Sí. La Administración, de oficio o a petición de los interesados, puede conceder una ampliación que no exceda de la mitad del plazo, si las circunstancias lo aconsejan y no se perjudican derechos de terceros. La petición y el acuerdo deben producirse antes del vencimiento; un plazo vencido no se amplía. Contra el acuerdo no cabe recurso.

¿Qué ocurre si una notificación electrónica no es accedida por el interesado?

Ver la respuesta

Si una notificación electrónica no es accedida por el interesado, se considera rechazada a los 10 días naturales siguientes a su puesta a disposición.

¿Cuáles son las siete causas tasadas de nulidad de pleno derecho de un acto administrativo según la Ley 39/2015?

Ver la respuesta

Art. 47.1: a) lesionar derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional; b) dictados por órgano manifiestamente incompetente por razón de la materia o del territorio; c) contenido imposible; d) ser constitutivos de infracción penal o dictarse como consecuencia de esta; e) prescindir total y absolutamente del procedimiento o de las normas esenciales de formación de la voluntad de los órganos colegiados; f) actos por los que se adquieren facultades o derechos careciendo de los requisitos esenciales; g) cualquier otro establecido expresamente en una disposición con rango de ley.

¿Qué es la anulabilidad en el contexto de los actos administrativos según la Ley 39/2015?

Ver la respuesta

Son anulables los actos que incurren en cualquier infracción del ordenamiento jurídico que no sea causa de nulidad, incluida la desviación de poder (art. 48). La Administración puede convalidarlos subsanando los vicios de que adolezcan (art. 52); los nulos no se convalidan.

¿Qué diferencia existe entre desistimiento y renuncia en la finalización de un procedimiento?

Ver la respuesta

El desistimiento se refiere a la solicitud presentada por el interesado, mientras que la renuncia es al derecho o a la pretensión. Ambas solo afectan a quien las formula.

¿Qué es la tramitación simplificada y cuál es su plazo de resolución?

Ver la respuesta

La tramitación simplificada se aplica por interés público o falta de complejidad, y el plazo para resolver es de 30 días desde el día siguiente a la notificación del acuerdo de inicio.

¿Contra qué actos se interpone el recurso de alzada y ante quién?

Ver la respuesta

Se interpone contra los actos que no ponen fin a la vía administrativa, ante el órgano que los dictó o ante el superior jerárquico competente para resolverlo. Si se presenta ante el primero, este debe remitirlo al competente en 10 días (art. 121).

¿Contra qué actos se interpone el recurso de reposición y ante quién?

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El recurso de reposición, de carácter potestativo, se interpone contra los actos que ponen fin a la vía administrativa, ante el mismo órgano que los dictó, que es quien lo resuelve. El interesado puede, en su lugar, acudir directamente al contencioso-administrativo.

¿Cuál es el plazo para interponer el recurso extraordinario de revisión y para resolverlo?

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Si la causa es un error de hecho que resulte del expediente, se interpone en 4 años desde la notificación de la resolución impugnada; en los demás casos, en 3 meses desde el conocimiento de los documentos o desde que la sentencia judicial quedó firme (art. 125.2). Debe resolverse en 3 meses; si no, se entiende desestimado (art. 126.3).

¿Cuáles son los principios de buena regulación que deben seguir las normas?

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Los principios de buena regulación son: necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.

Las flashcards también las ha generado MindLumos a partir de nuestra guía de estudio, y las hemos revisado una a una.

Cómo estudiar la Ley 39/2015 con test

1

Empieza por el esquema

Antes del primer test, recorre el mapa mental para saber qué título regula cada cosa. Sin esa estructura, los plazos se mezclan.

2

Haz el test a frío

Responde las 30 preguntas sin mirar. Anota en qué bloque fallas: plazos, silencio, nulidad o recursos.

3

Repasa cada fallo en la tabla de plazos

La mayoría de los errores en esta ley son cifras. Busca la fila, mira el artículo y léelo en el texto consolidado del BOE.

4

Aprende los pares que se confunden

Hábiles frente a naturales, alzada frente a reposición, desistimiento frente a renuncia, ampliación frente a urgencia, audiencia frente a información pública.

5

Repite el test a los pocos días

Si aciertas lo que fallaste, está consolidado. Si no, vuelve a la rama del esquema que corresponde.

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Preguntas frecuentes

¿Qué artículo de la Ley 39/2015 establece los casos en los que debe motivarse un acto administrativo?
El artículo 35. Exige una sucinta referencia de hechos y fundamentos de derecho, entre otros, en los actos que limiten derechos, resuelvan recursos, se separen del criterio precedente, acuerden la suspensión o medidas provisionales, la urgencia o la ampliación de plazos, rechacen pruebas, sean sancionadores o de responsabilidad patrimonial, o se dicten en ejercicio de potestades discrecionales.
¿Qué es lo más importante de la Ley 39/2015?
Para el examen, cuatro bloques: el cómputo de plazos (días hábiles por defecto), el silencio administrativo (positivo como regla a solicitud), la nulidad y anulabilidad de los actos y los recursos de alzada, reposición y extraordinario de revisión. Son los que más preguntas concentran en los test.
¿Qué dice el artículo 77 de la Ley 39/2015?
Regula la prueba. El período de prueba dura entre 10 y 30 días, con un período extraordinario de hasta 10 días (art. 77.2). Solo pueden rechazarse las pruebas manifiestamente improcedentes o innecesarias, y siempre de forma motivada (art. 77.3).
¿Cuál es el plazo del recurso de alzada?
Un mes si el acto es expreso, contado desde el día siguiente a su notificación o publicación; si es presunto, en cualquier momento desde que se produce el silencio. La Administración tiene 3 meses para resolver y notificar; si no lo hace, el silencio es desestimatorio, salvo el doble silencio.
¿Cuál es el plazo del recurso de reposición?
Un mes para interponerlo si el acto es expreso y un mes para resolverlo. Es potestativo, se presenta ante el mismo órgano que dictó el acto y, mientras no se resuelva o se desestime por silencio, no se puede acudir al contencioso-administrativo.
¿Los plazos de la Ley 39/2015 son en días hábiles o naturales?
Los plazos en días son hábiles: se excluyen sábados, domingos y festivos, salvo que una ley o el Derecho de la UE los declare naturales, y entonces debe constar en la notificación. Una excepción muy preguntada: la notificación electrónica se entiende rechazada a los 10 días naturales.

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